Reglamento

REGLAMENTO DEL COLEGIO MAYOR UNIVERSITARIO SANTA MÓNICA

El Colegio Mayor Santa Mónica es un Centro Universitario adscrito a la Universidad Complutense de Madrid mediante Convenio, firmado el 27-XI-74 y renovado el  6-II-20. Fundado y dirigido por la Congregación de Agustinas Misioneras, Provincia de Santa Mónica, comenzó su actividad el 1-X-69. El lema del Colegio Mayor es Ad charitatem per scientiam (A la caridad por la ciencia).

Como Centro de inspiración agustiniana, la búsqueda de la verdad principalmente a través del estudio, la convivencia comunitaria y el servicio a la sociedad son valores que orientan su misión educativa.

El Colegio Mayor Santa Mónica se rige por la legislación reguladora de Colegios Mayores, los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid, los Estatutos propios y este Reglamento.

La libre elección de este Colegio Mayor Universitario presupone y conlleva por parte de la solicitante la aceptación y cumplimiento de este Reglamento y de su Normativa, así como el compromiso de contribuir personalmente al logro de los fines del mismo (Est. Art. 23).

Por tal motivo, en la solicitud de plaza, la persona interesada en residir en este Centro y sus padres (o tutores) manifestarán por escrito dicha aceptación.

1. VIDA ACADÉMICA

1.1. El estudio

Es un deber fundamental de la universitaria y llevarlo a cabo una condición imprescindible para permanecer en este Colegio Mayor; por tanto, la Dirección del Centro tiene la responsabilidad de velar por el ejercicio de este deber. En función de tal responsabilidad las Colegialas deben entregar en Secretaría una Ficha Académica que incorpora la declaración jurada de las calificaciones obtenidas, durante los meses de enero-febrero y mayo-junio. Con esta Ficha deben adjuntar el expediente recibido de la Universidad en la que se han matriculado. La falta de veracidad de estos datos es motivo de expulsión del Colegio Mayor.

Incumbe a todos los miembros que forman la Comunidad Colegial contribuir personalmente a lograr un ambiente que favorezca el estudio.

Con este fin, se establecen las siguientes normas:

  • Respetar a los demás en su vida de trabajo, convivencia y descanso.
  • Guardar silencio en las habitaciones y evitar todo lo que pueda constituir molestia e impedimento para el estudio y descanso.
  • Cuidar en los pisos, pasillos, escaleras y seminarios, además del silencio conveniente, las formas propias de una buena educación.
  • Asistir periódicamente a las respectivas Escuelas Técnicas, Facultades y Centros Universitarios donde cada Colegiala se haya matriculado. 

1.2. Las Actividades Colegiales

El Colegio Mayor Santa Mónica, como Centro Universitario, no sólo proporciona residencia a sus estudiantes, sino que promueve, en orden a una formación integral de la persona, la formación humano-cristiana, cultural, científica y deportiva de las Colegialas, organizando un amplio Programa de Actividades.

Se citan algunas de las que se llevan a cabo: CULTURALES Y ARTÍSTICAS: Cursos y Conferencias, Servicio de Biblioteca, Representaciones Teatrales en colaboración con otros Colegios Mayores, Decoración de Fiestas, Flamenco / Sevillanas, Guitarra. RELIGIOSAS: Celebración de la Eucaristía, Aula de Formación Teológica, Grupo de reflexión humano-cristiana, Convivencias de vida cristiana, colaboración en celebraciones litúrgicas, Coro. SOLIDARIAS: Apoyo escolar, Voluntariado en Hospitales, Comedor Social, Residencia de mayores, Recogida de alimentos. DEPORTIVAS: Baloncesto, Fútbol-Sala, Pilates, Tenis, Voleibol.

La variación depende de las propuestas que presente la Dirección del Centro y los intereses de las Colegialas.

Las Colegialas deben participar y colaborar en la organización y funcionamiento de las Actividades Colegiales. Igualmente, asistir a los actos de las fiestas que el Colegio Mayor considera oficiales, tales son: Inauguración de curso, Navidad y Clausura de curso. También son de obligada asistencia las reuniones que puntualmente convoque la Dirección para las Colegialas que se determine. La inhibición e indiferencia sistemática en las distintas manifestaciones de la vida colegial son causa que implica la pérdida de plaza en el curso siguiente.

A principios de curso se determinan las Actividades y cada Colegiala se inscribe en aquella/s en que desea participar. Es obligatorio realizar una de las Actividades que se programan en el Centro. Al frente de cada una hay una Delegada que será elegida por las propias Colegialas que integran la Actividad. La función de las Delegadas es velar por el buen funcionamiento de la misma.

1.3. Consejo Colegial

  • Está formado por Delegadas de Actividades junto con el Equipo de Dirección.
  • Tiene carácter consultivo y se responsabiliza preferentemente del desarrollo de las Actividades Colegiales.
  • Actúa como órgano de comunicación y diálogo de las Colegialas con la Dirección del Centro.
  • Lo convoca la Dirección al menos una vez por trimestre y siempre que lo considere oportuno por iniciativa propia o a petición de los miembros del Consejo.

 

2. VIDA SOCIAL

Uno de los fines principales del Colegio Mayor es formar una Comunidad Colegial donde se cultiven y expresen actitudes de convivencia y respeto, colaboración y diálogo, libertad y responsabilidad, en orden a inculcar en las Colegialas un sentido comunitario que favorezca su formación integral.

Se consideran contrarias a estos fines:

  • Todas aquellas conductas que hacen difícil la convivencia colegial.
  • Un proceder de falta de respeto y educación con las personas.
  • Todo cuanto induzca a la insubordinación e indisciplina colectivas.
  • El abuso y deterioro inapropiado de las instalaciones y servicios.
  • El fumar en cualquier dependencia del Colegio.

 

3. VIDA RELIGIOSA

Siendo este Colegio Mayor Universitario una fundación de inspiración católica, tiene como fin primordial transmitir a las Colegialas una visión trascendente de la vida, dentro del mayor respeto a la libertad personal. Por tal razón, es competencia de la Dirección:

  • Proporcionar los medios que considere más adecuados para que las Colegialas, que libremente lo deseen, puedan practicar, profundizar y desarrollar su fe cristiana.
  • La organización de actividades religiosas.
  • Exigir, dentro de todo su ámbito residencial (zonas comunes, habitaciones, jardín, piscina, etc.), aquellos comportamientos que, aparte de no desdecir de una convivencia y educación universitaria, sean acordes con la moral cristiana.

 

4. HORARIOS

La libre elección de este Colegio Mayor implica la aceptación de los horarios establecidos, siendo de singular importancia las horas de llegada al Colegio y los horarios de comedor.

4.1. Horas de llegada

  • El Colegio tiene servicio de recepción ininterrumpido.
  • La hora de llegada de cada Colegiala estará de acuerdo con la opción que sus padres le hayan autorizado en la «Ficha de permisos». Las Colegialas de primer año, solo tendrán salida los viernes y vísperas de fiesta. Las Colegialas a partir del segundo año pueden pernoctar fuera del Centro cualquier día de la semana, siempre que así esté indicado en la «Ficha de permisos».
  • Toda Colegiala que piense llegar al Colegio después de las 24:00 h., debe firmar el «volante de salida» antes de salir del Colegio; y a su regreso se señalará en el mismo la hora de llegada. Los mismos requisitos deben cumplirse en caso de ausencia por fin de semana u otra causa. Los volantes que se cumplimenten por los motivos indicados serán revisados por Subdirección y enviados trimestralmente a sus padres.
  • Al llegar al Colegio por la noche se guardará silencio en escaleras y pasillos por respeto a las Colegialas que estudian o descansan.
  • Al salir del Colegio se dejará siempre la llave en Recepción.

4.2. Horarios de comedor

Desayuno: los días laborables de 7:00 h. a 9:00 h.; los fines de semana y días festivos de 8:00 h. a 10:00 h.

Comida: los días laborables de 13:00 h. a 15:30 h.; los fines de semana y días festivos de 13:30 h. a 15:00 h.

Cena: de 20:30 h. a 22:00 h. Los domingos y días festivos no se servirá cena.

Por motivos académicos, los días laborables se podrá hacer uso del horario ampliado de comida y cena, con la correspondiente autorización de Subdirección. Fuera del horario no se ofrecerán estos servicios sin permiso de la Dirección.

No se admiten regímenes.

 

5. HABITACIONES

  • Las habitaciones son de uso exclusivo de las Colegialas a quienes les han sido asignadas y deberán mantenerse siempre limpias y ordenadas.
  • Sólo podrán entrar en ellas sus padres. Para las demás personas, ajenas al Colegio, se solicitará el permiso expreso de la Dirección. Las visitas se recibirán en los lugares destinados para tal fin, nunca en las habitaciones.
  • Están prohibidos los ruidos y conversaciones que perturben el estudio y descanso de las Colegialas. Por la noche se guardará mayor silencio, sobre todo a partir de las 24:00 h.
  • No está permitido el cambio de mobiliario. Sólo en casos excepcionales y de forma expresa la Dirección será quien valore la necesidad y, si procede, autorizará el cambio.
  • Cualquier desperfecto originado por descuido o mal uso en la habitación o dependencias puestas a disposición de la Colegiala, correrán a su cargo, pasando un recibo extraordinario por los gastos ocasionados en la reparación. Se consideran desperfectos, entre otros, el colocar carteles fuera del lugar reservado para ellos y perchas en las puertas, que, por el peso, pueden desnivelarlas.
  • El cuarto de baño de las habitaciones se limpiará una vez por semana.
  • La Dirección podrá acceder a las habitaciones para comprobar el cuidado de las mismas siempre que lo estime conveniente, así como las personas en quienes delegue para su mantenimiento, orden y disciplina.
  • La Dirección no se hace responsable de las pertenencias de las Colegialas, siendo éstas las encargadas de su cuidado y custodia.

 

6. RÉGIMEN SANITARIO

Cuando una Colegiala se encuentre enferma, avisará en Recepción para poder ser atendida.

El Colegio no ofrece servicio médico. Es necesario que las
Colegialas tengan cubiertas todas sus necesidades sanitarias, bien tramitando
en el Centro de Salud a su llegada, su tarjeta sanitaria de desplazado o bien
con su seguro médico privado.

 

7. RÉGIMEN DE INGRESO

Para la admisión en el Centro es condición previa:

  • Presentar cumplimentados los Documentos que se indican en la Instancia de Solicitud. Ésta no será aceptada si faltan datos, o una vez recibidos, se observa que no corresponden a la realidad.
  • Valoración conjunta de los siguientes criterios

    – Expediente Académico.

    – Certificado de preinscripción o admisión en un Centro Universitario.

    – Titularidad de una beca concedida mediante convocatoria pública para las Universidades de Madrid y/o condición de becario en el curso inmediatamente anterior para el que se solicita la plaza.

    – Méritos o circunstancias relevantes que el Colegio considera y valora de interés para la vida colegial del mismo.

    – Entrevista personal.

    – Aceptación por escrito de los fines, normas reglamentarias y régimen económico del Centro.

  • Ser universitaria o considerada como tal por la legislación vigente.
  • Comunicación oficial, por parte de la Dirección, de la concesión de la plaza.
  • La admisión durará un año académico, por lo que deberá ser solicitada de nuevo antes de terminar el curso, presentando las calificaciones obtenidas. La aceptación queda a discreción de la Dirección.
  • En el caso de las Colegialas que solicitan renovación de plaza, si antes del 7 de julio no se ha formalizado la Documentación para el curso siguiente según se indica en la Información Complementaria al Reglamento, ni se han puesto en contacto con la Dirección para justificar su falta de entrega, se considera que la Colegiala no va a continuar en el Centro, y por tanto renuncia a la plaza.

 

8. RÉGIMEN ECONÓMICO

La cuota anual comprende los nueve meses del Curso Académico.

Dados los diversos calendarios académicos en los diferentes Centros Universitarios y dependiendo del Plan de Estudios y de la Universidad en la que se curse, la cuota anual cubrirá de septiembre a mayo o de octubre a junio según el caso. Los honorarios se abonarán por trimestre, durante la primera quincena del primer mes, a través de una Entidad Bancaria.

El importe de la pensión mensual, así como el que se determine a efectos de formalizar la inscripción (fianza y reserva de plaza), se informarán cada curso y siempre con anterioridad a la fecha en la que se comunica la admisión en el Centro.

En la pensión se incluye:

  • Tres comidas al día. Los domingos y festivos no se presta el servicio de cena.
  • Habitación individual con baño completo incluido, los útiles de descanso (cama, colchón, almohada y edredón/colcha), de estudio (mesa, silla y estantería), armario, mesilla, nevera y acceso a Internet (cable y wifi).
  • Calefacción y aire acondicionado en todo el Colegio Mayor.
  • Uso de capilla, biblioteca, salas de estudio, seminarios, salón de actos, sala de conferencias, salas de TV, sala de juegos, sala de informática, fotocopiadora, plóter e impresoras, escáner, Sala de estar, gimnasio, cancha de deportes, piscina y red wifi en todo el Colegio.
  • Lavado de ropa (sábanas, toallas, albornoz y pijama/camisón). Todas las prendas irán marcadas en conformidad con el número asignado, cosido en cada prenda, y en lugar visible. La ropa se entregará en una bolsa marcada con el mismo número.
  • Limpieza del cuarto de baño de la habitación una vez por semana.

La pensión no incluye:

  • Servicio médico.
  • Ropa de cama y toallas.
 

Una vez confirmada la plaza por la Dirección, si en el término de dos días, tratándose de plaza de nueva adjudicación, no se abonan las cantidades establecidas en concepto de fianza y reserva de plaza para el curso, se entenderá que la solicitante renuncia a la plaza.

A las Colegialas de nuevo ingreso sólo se les devolverá la fianza si demuestran antes del 20 de julio que no han sido admitidas en ningún Centro Universitario de la Comunidad de Madrid.

La Reserva de plaza de las Colegialas que han solicitado la Renovación de la misma, se abonará a finales del mes de mayo. El efecto de dicha Reserva queda condicionado al cumplimiento de los criterios para dicha Renovación.

A las Colegialas que han solicitado su Renovación de plaza y renuncian a ella, solamente se les devolverá la fianza si lo comunican a Secretaría del CMU antes del 1 de junio.

Cuando la Colegiala desee abandonar el Colegio, deberá comunicarlo con un mes de antelación para todos los efectos.

Si se deja la plaza, durante el Curso, no se devolverá la fianza.

No habrá descuentos ni devoluciones por las ausencias, vacaciones, retrasos en la incorporación o finalización anticipada. Todo mes comenzado se considera completo a efectos de pago.

El Colegio estará cerrado, a todos los efectos, durante las vacaciones de Navidad y Semana Santa y el período vacacional de verano indicado en la «Información Complementaria al Reglamento».

 

9. RÉGIMEN DISCIPLINAR

Se consideran incompatibles con los fines asignados a este Colegio Mayor y, por tanto, serán causas que impidan la renovación de plaza o motiven la expulsión del Colegio: la infracción sistemática de este Reglamento; la actitud persistente de descontento ante los diversos aspectos de la vida colegial; la falta de ejemplaridad en el aprovechamiento académico; la deficiente participación en las Actividades Culturales y Fiestas Colegiales; la falta de integración en la Comunidad Colegial; las faltas públicas de moralidad; el pernoctar fuera del Colegio sin previa autorización de los padres y de la Dirección; la crítica insistente e infundada y la falta de respeto a la Dirección, Colegialas y personal del Centro.

El fumar en cualquier espacio cerrado se sancionará según la ley.

Las novatadas están rigurosamente prohibidas. La infracción de esta norma se considera falta grave, y puede dar lugar a la expulsión del Colegio Mayor.

 

10. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Al terminar cada curso académico se desarrollarán algunas de las normas precedentes, con el fin de adecuarnos a la circunstancia concreta del siguiente curso escolar. Estas concreciones normativas –recogidas en la “Información Complementaria al Reglamento” serán comunicadas en el mes de julio. Este documento, como su título indica, se considera parte del Reglamento.

La libre elección del Colegio Mayor Universitario comporta la adhesión del Universitario al Reglamento del mismo; así como el compromiso de contribuir a la vida Colegial.

(Decreto Regulador de Colegios Mayores 2.780/73).

 

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